
Bogotá, 2 de febrero de 2026 — La decisión sobre la participación del senador Iván Cepeda en la consulta interpartidista del próximo 8 de marzo, clave para definir la candidatura presidencial del sector de izquierda denominado Frente por la Vida, quedó sin resolución este lunes en la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) y será definida por conjueces, ante la falta de mayoría calificada entre los magistrados.
Durante la sesión, la votación terminó con cinco magistrados en contra y cuatro a favor de la ponencia que proponía avalar la participación de Cepeda en la consulta, pero esa diferencia no alcanzó el umbral requerido por la normativa interna del CNE: se necesitan al menos seis votos de los nueve magistrados para que la decisión sea vinculante. Por esta razón, el expediente ahora pasa a una fase de conjueces, quienes serán sorteados entre una lista de juristas externos y deberán emitir su voto sobre el caso antes del 6 de febrero, fecha límite para que el organismo electoral resuelva las inscripciones para las consultas.
Qué son los conjueces y cómo influirán
Los conjueces son juristas externos que el CNE convoca de manera temporal para completar deliberaciones cuando no se alcanza mayoría absoluta de magistrados. En este caso, se escogerán dos conjueces principales y un tercero como suplente, quienes actuarán como si fueran magistrados del tribunal electoral y aportarán sus votos para determinar si Cepeda queda habilitado o no para figurar en el tarjetón de la consulta.
Según la reglamentación, con al menos un voto de conjueces a favor puede imponerse la posición que rechaza la inclusión de Cepeda, mientras que dos votos favorables de conjueces serían necesarios para validar su participación, en caso de que la ponencia presentada por algunos magistrados obtenga respaldo.
El trasfondo jurídico de la controversia
La discusión en el CNE gira en torno a interpretaciones jurídicas sobre la inscripción de Cepeda, quien ganó la consulta interna del Pacto Histórico en octubre de 2025. Las diversas demandas presentadas argumentan que esa jornada podría considerarse una consulta interpartidista, lo que —según algunos analistas— dejaría al senador inhabilitado para participar en otra consulta similar en marzo. Otros sectores defienden que se trata de mecanismos jurídicamente distintos y que, por tanto, no existiría impedimento legal.
La ponencia favorable, radicada por magistrados como Alba Lucía Velásquez, Fabiola Márquez y Álvaro Echeverry, sostiene que no hay prohibición para que Cepeda participe nuevamente y propone considerar la naturaleza de cada mecanismo electoral de forma independiente. Sin embargo, la falta de mayoría calificada llevó a que la Sala Plena no pudiera adoptar una decisión definitiva este lunes.
Repercusiones políticas y calendario electoral
La presencia o ausencia de Cepeda en la consulta del Frente por la Vida tiene un impacto político significativo: el senador aparece como una de las figuras con mayor intención de voto en las encuestas internas del progresismo y su exclusión podría reconfigurar las estrategias de alianzas y preferencias dentro del bloque de izquierda.
Paralelamente, el CNE también tiene en sus manos estudiar otros casos, como la posible inhabilidad de Daniel Quintero, exalcalde de Medellín, cuyo nombre ha sido excluido de la consulta por orden de la Registraduría por participación previa en otro mecanismo electoral.
La fase de conjueces se adelantará esta semana y determinará el rumbo definitivo del caso antes de que el CNE cierre el plazo para inscripciones, un paso clave en el proceso electoral rumbo a las elecciones presidenciales de 2026.

