
Una decisión reciente de la Corte Suprema de Justicia generó revuelo en el ámbito político y jurídico porque frenó las pretensiones del ministro del Interior, Armando Benedetti, de llevar adelante una denuncia por injuria y calumnia contra un grupo de congresistas, al considerar que sus expresiones forman parte de la crítica política legítima.
El fallo se dio luego de una carta pública emitida por varias senadoras y representantes de la Cámara en febrero de 2025, titulada “Mujeres congresistas rechazamos el nombramiento de Armando Benedetti como ministro del Interior”, en la que cuestionaron el nombramiento pese a investigaciones y señalamientos en su contra.
¿Qué estaba en juego?
El ministro Benedetti había entablado una demanda penal contra las congresistas por los señalamientos formulados en esa carta, alegando supuesto delito de injuria y calumnia. Sin embargo, la Corte Suprema consideró que las declaraciones de las parlamentarias estaban amparadas por sus funciones constitucionales de control político y libre expresión.
Según el fallo, las congresistas actuaron dentro del ejercicio legítimo de su cargo al expresar críticas públicas ante decisiones del Ejecutivo, especialmente cuando citan hechos de interés público y se apoyan en manifestaciones periodísticas ya conocidas.
Quiénes estuvieron involucradas
Las congresistas que resultaron favorecidas por la decisión fueron:
- Catherine Juvinao
- Julia Miranda
- Lina María Garrido
- Marelen Castillo
- Carolina Giraldo
- Katherine Miranda
- Jennifer Pedraza
La Corte determinó que no procede abrir procesos penales en su contra por las expresiones hechas en el contexto de la carta crítica al nombramiento del ministro.
El fundamento del fallo
La Sala de Primera Instancia de la Corte explicó que las manifestaciones públicas mediante las cuales se rechaza el nombramiento de un funcionario pueden encajar dentro de la función de control político que la Constitución y la ley asignan a los congresistas.
Además, el documento judicial señala que las congresistas mencionaron hechos que ya habían sido objeto de cobertura mediática y debate público —como denuncias de presuntos actos misóginos y de corrupción atribuidos a Benedetti— y no fueron ellas quienes originalmente divulgaron esos hechos.
La Corte también ordenó remitir copias del fallo a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que evalúen otras acciones pertinentes en torno a los señalamientos que hicieron las congresistas.
Críticas, contexto y reacción
La decisión se da en un momento de alta tensión entre el Ejecutivo y algunos parlamentarios, especialmente en temas como la crisis del sistema de salud, el aumento del salario mínimo y el manejo de decisiones del Gobierno que han generado amplio debate público.
Desde el entorno de Benedetti, el ministro ha defendido su gestión y ha respondido a varias críticas con firmeza, incluso negando imputaciones como las presentadas por la representante Jennifer Pedraza sobre falta de pago oportuno de honorarios a contratistas del Ministerio del Interior.
Por su parte, las congresistas celebraron el fallo y señalaron que reafirma el derecho a la crítica política y el ejercicio pleno de control político sin temor a represalias judiciales.
¿Qué significa esta decisión?
El fallo refrenda que los parlamentarios tienen derecho a expresar críticas públicas como parte de su labor de control político, siempre que se enmarquen en debates de interés público y no constituyan afirmaciones claramente falsas o personalísimas fuera del rol político.
Además, marca un precedente sobre cómo se articula la libertad de expresión y la función de control político frente a posibles denuncias penales por declaraciones críticas a funcionarios del Ejecutivo.

